TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 144/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- Agrégase como Inciso f) al Artículo 5º de la Ordenanza 89/84, ------------ el siguiente texto: "Se probará, cuando se trate de automoto- res, mediante constancia debidamente certificada por Escribano Público, de que el automotor ha sido adquirido por la entidad organizadora del juego - para ese fin.------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Modifícase el Artículo 6º de la Ordenanza 89/84 que dirá: - ------------ "Bienes Inmuebles" en lugar de "Bienes Registrables".------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Al- berto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.------